Grabar accidentes de tránsito no es delito, pero divulgar datos sensibles de las víctimas puede serlo

Abogado penalista advierte sobre las sanciones por publicar información privada en redes sociales.

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Grabar un accidente de tránsito en la vía pública no constituye delito, pero difundir el material con información sensible de las víctimas sí puede serlo.

El abogado penalista Víctor Somarriba explicó que “no toda grabación en la vía pública es delito, sino depende de la información que se va a divulgar”.

Somarriba describió el caso de una persona accidentada que habla por teléfono con su madre sobre un tratamiento de cáncer o hemodiálisis.

Si alguien graba esa conversación y la sube a redes sociales, dijo, “ya estás exponiéndote a una pena de prisión establecida en la ley de ciberdelitos, Ley 1042”.

Aclaró que ese video puede servir como evidencia útil para las autoridades y determinar al culpable del accidente.

Sin embargo, insistió en que “hay una línea que no se puede cruzar” y que las personas creen erróneamente que por grabar en público pueden publicar cualquier contenido.